Obligatoriedad en la incorporación de la CURP Biométrica, estos son los tramites que no podrás hacer
Uno de los temas controversiales con que se inició este 2026, es la actualización de la CURP (Clave Única de Registro de Población) con tus datos biométricos, la cual fue incorporada formalmente a la Ley General de Población el 16 de julio del año pasado.
¿Qué es la CURP Biométrica?
Mucho se ha hablado sobre la incorporación de tus datos biométricos, pero en realidad ¿Qué es lo que implica?
Se deberá actualizar la información de la CURP, además de los 18 caracteres que conforman tu nombre, fecha y lugar de nacimiento, sexo y nacionalidad, con tu biometría, es decir características físicas únicas de cada persona, estas incluyen:
Huellas dactilares
- Fotografía digital facial
- Escaneo de Iris
- Firma electrónica.
¿Por qué es obligatorio actualizarla?
Aunque el gobierno, ha mencionado que la toma de datos biométricos son voluntarios y con consentimiento de la persona, existen bases legales que no lo manejan tan “voluntariamente”.
El pasado 16 de julio del 2025, fue emitida, a través del Diario Federal de la Federación (DOF), la Ley General de Población, actualización en su artículo 91, mismo que fue reformado y adicionado varios párrafos, mismo que puedes descargar en https://dof.gob.mx/.
Al publicarse en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo de la Secretaría de Gobernación, a través del Registro Nacional de Población (RENAPO), la expedición de la CURP biométrica adquiere carácter obligatorio para la realización de trámites oficiales en México.
Su fundamento jurídico se encuentra en la Ley General de Población y en el Reglamento del Registro Nacional de Población e Identidad, que facultan al RENAPO para actualizar y modernizar los mecanismos de identificación.
Se adiciono el artículo 91 Bis, en el cual se establece que la CURP deberá tener además tus huellas y fotografía, siendo el documento nacional de carácter obligatorio en todo el territorio nacional.
Además, se agregaron el 91 Ter, 91 Quater, 91 Quinquies y 91 Sexies, estos básicamente detallan en donde, como y quien estará a cargo de la actualización.
¿Qué pasa si no la actualizó?
Simplemente ya no se recibirá, como en el artículo 91 Sexies lo indica, “CURP deberá emplearse para la validación y autenticación de identidad en medios digitales y que toda entidad pública o particular está obligada a solicitarla para la prestación de sus trámites y servicios.
Es decir, que ya no podrás hacer ningún trámite si no la has actualizado y esto aplica a cualquier comercio público o privado.
Además, se adiciono el articulo 114 Bis, el cual habla de sanciones y multas para quienes no colaboren con la transferencia de datos o la implementación de la CURP biométrica, que a la letra cita:
“Artículo 114 Bis. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno y particulares que incumplan con las obligaciones previstas en el artículo 91 Bis de esta Ley, previo apercibimiento por el reiterado incumplimiento, serán sancionadas con multas de 10,000 a 20,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”
¿Hasta cuándo tengo para actualizarla?
A partir de enero de 2026, se abrieron varias sedes para poder realizar el trámite. Para el mes de febrero, se prevé que la CURP tradicional que conocemos deje de ser aceptada en muchos tramites, sobre todo en el ámbito de la salud y telecomunicaciones, como lo establece el archivo 91 ter y el 91 Quinquies.
¿Qué requisitos me piden para poder actualizarla?
Podrás realizar el trámite en Oficialías del Registro Civil y Módulos del Registro Nacional de Población RENAPO, puedes agendar tu cita en el portal Registro Nacional de Población
También puede identificar tu modulo más cercano en el documento del Gobierno de México Presentación de PowerPoint
El trámite es solo presencial y deberás presentar la siguiente información:
- Acta de nacimiento, original y 1 copia.
- CURP Certificada (de 18 caracteres), original y 1 copia.
- Identificación Oficial

Si necesitas mayor información puedes consultar la página del Gobierno: CURP biométrica. Documento Nacional de Identificación.
¿Qué pasa si no actualizo mi CURP con los datos biométricos?
El hecho de ser una obligación el actualizar tu información con los datos biométricos, en cada establecimiento, trámite, público o privado que te lo soliciten, sino esta actualizado, simplemente no podrás hacerlo.
Algunos de los tramites en donde te lo solicitan:
- Inscripción o reinscripción en Escuelas y universidades
- Solicitar tu INE o Pasaporte
- Alta en seguridad Social (IMSS, ISSSTE, etc)
- Acceso a programas sociales que otorga el gobierno
- Tramites vehiculares (compra, alta, placas, licencias)
- Viajes o reservaciones
- Servicios (agua, Luz)
- Tramites con el banco
